Notificación de intención de emitir Certificados de Obligación del Distrito de Salud del Condado de Travis
7 de octubre de 2025
LA CONSIDERACIÓN DE LA ADOPCIÓN DE UNA O MÁS ÓRDENES AUTORIZANDO LA EMISIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE OBLIGACIÓN DESCRITOS A CONTINUACIÓN HA SIDO POSPUESTA HASTA LA REUNIÓN DEL TRIBUNAL DE COMISIONADOS DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 2025, QUE SE REUNIRÁ A LAS 9:00 A.M. EN EL LUGAR IDENTIFICADO EN EL AVISO A CONTINUACIÓN.
NOTIFICACIÓN DE INTENCIÓN DE EMITIR
DISTRITO SANITARIO DEL CONDADO DE TRAVIS CERTIFICADOS DE OBLIGACIÓN
TOME NOTA que la Corte de Comisionados (la "Corte de Comisionados") del Condado de Travis, Texas (el "Condado"), se reunió en una junta regular el 7 de octubre de 2025 y pospuso la consideración de los asuntos resumidos en esta notificación hasta una junta regular subsiguiente de la Corte de Comisionados, la cual se reunirá a las 9:00 a.m. el 4 de noviembre de 2025, en su lugar de reunión regular en la Sala del Tribunal de Comisionados, 700 Lavaca Street, Austin, Texas y, durante dicha reunión, el Tribunal de Comisionados considerará la aprobación de una o más órdenes autorizando la emisión de no más de $290,000,000 de monto principal total de certificados de obligación, en nombre y beneficio del Distrito de Salud del Condado de Travis (haciendo negocios como "Central Health") (el "Distrito"), en una o más series, de vez en cuando (colectivamente, los "Certificados"), que devengan intereses a cualquier tasa o tasas que no excedan la tasa de interés máxima autorizada por la ley, como se determinará a discreción del Tribunal de Comisionados en el momento de la emisión de los Certificados, y con vencimiento en un período de no más de treinta (30) años a partir de su fecha de emisión, con el fin de pagar las obligaciones contractuales en que se incurrirá para: (i) la adquisición, construcción, ampliación, mejora, renovación, rehabilitación y equipamiento de instalaciones del Distrito para servicios médicos, clínicos y otros servicios de atención sanitaria, así como instalaciones de administración, apoyo, formación y aparcamiento relacionadas con los mismos, (ii) la adquisición, construcción, mejora, renovación, rehabilitación y equipamiento de edificios y terrenos que se utilizarán para fines del Distrito y que estarán ubicados en el centro, (iii) la compra de materiales, suministros, equipos y maquinaria que se utilizarán para los fines del Distrito, y (iv) los servicios profesionales relacionados, incluidos los honorarios legales, fiscales, de ingeniería y diseño, y los costes de emisión (colectivamente, el "Proyecto").
Los Certificados serán pagaderos con cargo a los impuestos ad valorem, dentro de los límites prescritos por la ley, y a los ingresos excedentes derivados de la explotación de las instalaciones sanitarias del Distrito, estando limitada dicha prenda a $1.000. El principal y los intereses combinados estimados necesarios para pagar los Certificados puntual e íntegramente ascienden a $565.942.000. Dicha estimación se proporciona únicamente a efectos ilustrativos y se basa en un tipo de interés supuesto del 5,00%. Las condiciones del mercado que afectan a los tipos de interés varían en función de una serie de factores que escapan al control del Condado y del Distrito, y ni el Condado ni el Distrito pueden ofrecer garantía alguna en relación con el tipo de interés que devengarán los Certificados en el momento de su emisión. A la fecha de esta notificación, el importe principal agregado de los títulos públicos en circulación del Distrito garantizados por impuestos ad valorem y pagaderos con cargo a los mismos (excluidos los títulos públicos garantizados por un impuesto ad valorem pero designados por el Distrito como autosuficientes) asciende a $157.670.000, y en base a las expectativas del Distrito, a la fecha de esta notificación, el principal y los intereses combinados necesarios para pagar puntual e íntegramente todos los valores públicos en circulación del Distrito garantizados y pagaderos mediante impuestos ad valorem (excluidos los valores públicos garantizados mediante un impuesto ad valorem pero designados por el Distrito como autosuficientes) ascienden a $222.510.439. Los Certificados se emitirán, y este aviso se da, bajo y conforme a las disposiciones del Subcapítulo C del Capítulo 271, Código de Gobierno Local de Texas, según enmendado y el Capítulo 281, Código de Salud y Seguridad de Texas, según enmendado.